Si bien un contrato de trabajo – escrito – sirve como medio de prueba, basta contar con la conocida primacía de la realidad para que el trabajador tenga una relación contractual con el empleador.
Se considera como trabajador aquel que cumple con un horario y una jornada por un tiempo prolongado, aquel que recibe órdenes, es sujeto de supervisión, cuenta con un orden jerárquico y un salario.
Si se cumplen todos estos puntos, el empleador debe cumplir con sus obligaciones como el feriado legal, previsión social, gratificaciones y licencias médicas.
Concepto de Contrato de trabajo: “Contrato individual de trabajo es una convención por la cual el empleador y el trabajador se obligan recíprocamente a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación del primero, quien debe pagar por estos servicios una remuneración determinada”
Elementos del contrato de trabajo
Concepto de Contrato de trabajo: “Contrato individual de trabajo es una convención por la cual el empleador y el trabajador se obligan recíprocamente a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación del primero, quien debe pagar por estos servicios una remuneración determinada”
Elementos del contrato de trabajo
Los sujetos: El empleador y el trabajador
La prestación de servicios personales
Remuneración
El vínculo de subordinación o dependencia (Dependen de la continuidad de los servicios prestados, aunque trabaje una vez a la semana)
Dentro de este concepto el empleador puede cambiar las funciones del trabajador, pero éstas deben ser similares y sin menoscabo, no se puede reducir el salario y tampoco se puede cambiar unilateralmente el horario de trabajo.
La prestación de servicios personales
Remuneración
El vínculo de subordinación o dependencia (Dependen de la continuidad de los servicios prestados, aunque trabaje una vez a la semana)
Dentro de este concepto el empleador puede cambiar las funciones del trabajador, pero éstas deben ser similares y sin menoscabo, no se puede reducir el salario y tampoco se puede cambiar unilateralmente el horario de trabajo.
Lo mínimo que debe tener un contrato de trabajo
- Lugar: Es para definir la jurisdicción, la competencia del tribunal.
- Fecha del contrato
- Individualización de las partes: Nacionalidad – la ley dice que el 85% de los trabajadores deben ser chilenos - y edad – por mayoría de edad, cuando un menor de edad es autorizado por sus padres ya es considerado mayor de edad e incluso puede ser dirigente sindical - además del nombre completo y Rut.
- Fecha de ingreso: Es importante para las indemnizaciones por años de servicio y para el feriado progresivo.
- Naturaleza del Servicio (lugar) Si el empleador cambia de lugar al trabajador debe pagarle de ida y vuelta, incluso a su familia. Se debe especificar para qué contrató al trabajador, debe determinar su polifuncionalidad.
- Remuneración
- Jornada
- Plazos
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